jueves, 17 de mayo de 2012

ACCESIBILIDAD

 ACCESIBILIDAD

De acuerdo al articulo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define Accesibilidad como: condición esencial de los servicios públicos que permite en cualquier espacio o ambiente exterior o interior el fácil disfrute de dicho servicio por parte de toda la población.

No hay comentarios:

Publicar un comentario